Las operaciones de Oxy en el bloque 15 fueron revertidas al Estado en el 2006. Foto: Archivo  / LÍDERES

Las operaciones de Oxy en el bloque 15 fueron revertidas al Estado en el 2006. Foto: Archivo / LÍDERES

Alberto Araujo   (I)
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Arbitrajes pendientes por 6 670 millones

10 de noviembre de 2015 14:23

La Procuraduría General del Estado lleva actualmente la defensa de 16 demandas arbitrales de inversión en tribunales internacionales, además de la disputa con Occidental (Oxy).
Estas causas suman USD 6 673 millones, incluido el último laudo o fallo del Centro de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial, que determinó un pago a favor de Oxy por USD 1 061,7 millones el lunes pasado (2 de noviembre del 2015).

De acuerdo con el procurador, Diego García, este monto podría subir en unos USD 300 millones, tomando en cuenta los intereses de la controversia. Adicionalmente, los costos de defensa que incluyen dos bufetes internacionales oscilarían entre USD 25 millones y 27 millones.

La última demanda arbitral contra el Estado la presentó Petrobras de Brasil por aproximadamente USD 830 millones (el 3 de agosto pasado), ante un Tribunal Arbitral conformado bajo las reglas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral) y administrado bajo la Corte Permanente de Arbitraje Internacional de La Haya (Países Bajos).

Petrobras no estuvo de acuerdo con la renegociación de su contrato de operación del Bloque 18 en la Amazonía. El proceso se dio a finales del 2010, entre el entonces Ministerio de Recursos No Renovables y las empresas petroleras que tenían contratos de participación y debían pasar a prestación de servicios.

Con las que no se llegó a un acuerdo debía determinar una indemnización por las inversiones no amortizadas.

Hasta el 2011, Petrobras pedía alrededor de USD 300 millones por las inversiones y el retorno que esperaba por la extracción de crudo hasta la finalización de su contrato en el 2022.
El Gobierno anunció, en el 2012, un acuerdo con la petrolera para pagarle USD 217 millones en dos años, pero finalmente este no se concretó.

El procurador García indicó que están ya designados los árbitros para este caso y se deben definir las etapas procesales.

Otra demanda que no estaba aún cuantificada y que ya tiene cuantía es el caso Murphy III. Esta petrolera estadounidense planteó un arbitraje bajo reglas de la Uncitral, en la que acusa al Ecuador de haber violado el Tratado Bilateral de Protección de Inversiones (TBI) con Estados Unidos, al expedir la Ley 42 en el 2006. Esta ley distribuía los ingresos extraordinarios por el aumento del precio del petróleo en un 50% para el Estado y el 50% para las compañías petroleras.

Según Murphy -que participaba como socia de Respol en la explotación del bloque 16-, la Ley 42 implicó una pérdida del valor de sus acciones y reclama del Estado esta diferencia.

Sobre este caso, del cual se espera una decisión final del Tribunal en los próximos meses, Murphy pide una indemnización del Estado por USD 636 millones más intereses. 

El monto de demandas internacionales de inversiones de más de USD 5 000 millones no implica todas las pretensiones de la compañías, ya que en siete de los procesos, las indemnizaciones aún no han sido cuantificadas

Entre ellas, el caso Chevron III, en el cual la petrolera estadounidense pide que Ecuador se haga cargo de la indemnización que en su contra pesa en el país por daño ambiental a comunidades amazónicas: por USD 9 500 millones.

El procurador García indicó que mientras Chevron no realice un pago a favor de los demandantes, no se puede determinar una cuantía en este caso.

Indicó, además, que desde hoy y durante toda la semana se llevará a cabo la audiencia sobre daños en París sobre el caso Perenco, petrolera francesa que demanda al país también por la Ley 42.

Pero el Ecuador no solo ha tenido laudos en contra, sino que ha ganado al menos ocho casos en estos tribunales.

Otros casos

El caso Vantage se inició el 3 de julio del 2013  cuando, al amparo de las reglas de The American Arbitration Association, la compañía norteamericana Vantage America Solutions notificó al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) el inicio de un arbitraje comercial, mediante el cual la compañía demandó el pago de USD 400 000 por concepto de anticipo no pagado en un contrato de Plan de Seguro Médico. En el 2014, el árbitro único rechazó el pedido de Vantage y la dio la razón al Estado ecuatoriano.

Los casos Murphy I y II se dieron a partir de marzo del 2008, cuando la empresa petrolera Murphy que tenía una participación en el bloque 16 con Repsol, presentó una solicitud de arbitraje en el Ciadi relacionada con la Ley 42 que estableció una participación del Estado en el 50% de las ganancias extraordinarias por los altos precios del petróleo. Sin embargo, en una primera ocasión, el Tribunal Arbitral se declaró incompetente, porque no había transcurrido un período de negociación de seis meses con Ecuador. Luego de este período, Murphy volvió a demandar ante el Ciadi, pero para aquella época, el Ecuador ya había salido de ese organismo. El proceso, continúa bajo reglas Uncitral en el caso Murphy III.

En mayo del 2013 se inició en Lima un proceso arbitral encabezado por la compañía Consorcio-Fronterizo, contratada para la realización de unos estudios del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes-Ecuador-Perú. La compañía buscaba, entre otras pretensiones, la extensión del plazo. El Tribunal rechazó la demanda y determinó que la empresa devuelva USD 2 millones.

Ocho procesos a favor del Ecuador en las cortes internacionales

Redacción Quito  (I)

El Estado ecuatoriano impulsa cambios en el sistema de arbitraje internacional y busca desde hace algunos años que se establezca una corte regional para que conozca las controversias de inversión con las empresas extranjeras.

No obstante esta propuesta, el sistema de arbitraje tradicional en escenarios como el Ciadi o la Corte Permanente de La Haya no ha sido del todo desfavorable. De hecho, ha fallado a su favor en ocho ocasiones echando abajo pretensiones en indemnizaciones por al menos unos USD 2 554 millones en los últimos años.

El procurador, Diego García, destaca entre los principales triunfos el laudo en el caso Emelec. La demanda presentó la empresa ante el Ciadi en mayo del 2005 al argumentar que el Ecuador había violado el Tratado Bilateral de Protección de Inversiones al supuestamente haber expropiado sus instalaciones, cuentas bancarias y otras propiedades.

En este caso, el Tribunal se declaró incompetente para actuar en el caso, porque no se comprobó que la empresa fuera de capital estadounidense, además que no estaba acreditada ante el Ciadi.

Un segundo caso relevante fue el de Machala Power, en el cual la empresa que administraba esta central termoeléctrica reclamaba un pago de USD 371 millones. La Procuraduría llegó a un acuerdo amistoso en este caso y se pagó a la compañía USD 56 millones.

Un tercer caso destacado es el de Vatadur, en el cual la empresa acusaba al Estado de incumplir el contrato para la provisión de bienes de tres lanchas con servicio médico fluvial.
La firma pretendía una indemnización de USD 398 millones, sin embargo, en mayo del 2010, el Tribunal desechó ese monto y únicamente ordenó la asignación de USD 682 500. Este pago se llevó a cabo en junio de ese año.

También se destaca el cuarto caso de MCI, empresa de servicios eléctricos que firmó un contrato en los años 90 con el ex-Inecel. La firma pretendía del Estado un pago de USD 75 millones por cambios en la legislación de su contrato de generación eléctrica. En julio del 2007, el Tribunal Arbitral del Ciadi rechazó las exigencias de la empresa.

Finalmente, en el 2009, un Comité del organismo negó la pretensión de nulidad del anterior laudo y concluyó este proceso de reclamo contra el país.

Un quinto caso es el de Ulysseas mediante el cual la empresa pretendía del Estado USD 56 millones más intereses, porque el Estado expropió temporalmente las barcazas de la compañía para generar energía durante el período de apagones, entre noviembre del 2009 y marzo del 2010.

Sin embargo, las alegaciones de la empresa no fueron probadas, su demanda fue desechada y tuvo que pagar al Ecuador USD 2 millones en costas judiciales.

Además de estos casos, la Procuraduría logró que en dos ocasiones se desechen los reclamos de la compañía Murphy y un tercer proceso planteado contra el IESS de parte de la firma Vantage.

Pese a estos resultados positivos, el procurador Diego García, indica que el Estado ecuatoriano no se encuentra plenamente satisfecho con el sistema de arbitraje y cree que aún existe una parcialidad hacia los inversionistas. Sobre todo, indica, porque en el caso de Oxy no se acogieron todos los argumentos del país y solo se dictó una nulidad parcial.

Para el consultor jurídico en temas arbitrales, Leonardo Sempértegui, el Ecuador ha tenido una buena y sofisticada defensa en estos últimos años que así como ha enfrentado reveses también ha ganado casos, sobre todo en la etapa de jurisdicción. Es decir, al establecer que determinados tribunales no eran competentes para conocer las causas.

Destaca que Ecuador debe recoger la experiencia de todos estos procesos, tanto de los abogados de la Procuraduría, como de las firmas internacionales contratadas por el país para estudiar y aprender de las argumentaciones y las decisiones de los tribunales, con el fin de fortalecer la defensa en el futuro.

El país busca otro sistema para solucionar controversias

Redacción Quito. (I)

Para la Procuraduría General del Estado, si bien fue una victoria la reducción de USD 700 millones en la anulación parcial del arbitraje de Occidental ante el Ciadi, aún le quedan debiendo al país, que tanto el Tribunal Arbitral como el Comité de Anulación no hayan aceptado otros argumentos por los que se tomó la decisión de la caducidad.

Entre ellos, el procurador Diego García indica que dentro del contrato no se admitía la arbitrabilidad de la caducidad sino que debía someterse al Tribunal de lo Contencioso Administrativo, además de que no se respetó un tiempo prudente o de enfriamiento por parte de Oxy previo a la presentación de la demanda.

“Nos sentimos en parte insatisfechos con los análisis que hacen los tribunales de arbitraje en general, y los tribunales del Ciadi en particular. Creo que hay necesidades de hacer cambios y creo que esta necesidad que tiene Ecuador hoy es un sentimiento que cada vez va creciendo”, dice García.

Según el funcionario, hay un proceso de revisión de reformas a nivel de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (Unctad), respecto del sistema de arbitraje internacional.

Sostiene que más allá de la obligación constitucional de buscar un arbitraje regional, un sistema de arbitraje internacional tiene que responder a amplios estándares de objetividad que, más allá de la aplicación del derecho, no favorezcan ni al inversionista ni al Estado. “Lo que buscamos es un sistema de arbitraje internacional objetivo, que no obedezca a ningún interés en particular. Si el sistema de arbitraje no reúne estas condiciones, independientemente de la región en donde esté, es un arbitraje que no va a servir, porque los Estados no van a querer someterse a él o los inversionistas no van a querer someterse a él”.

El experto en arbitrajes, Esteban Santos, indica que pese a que se desconocen los arbitrajes en el seno de organismos como el Ciadi, el Estado sigue firmando cláusulas de arbitrajes internacionales con China fuera de la justicia local.

Insiste en que ningún inversionista va a venir al Ecuador si no se le ofrece un mecanismo de solución de controversias neutral, al margen de los jueces locales.

Señala que no hay que satanizar los acuerdos internacionales, sino saber negociarlos y advierte que en países como Colombia y Perú, sí se garantiza la aplicación de los arbitrajes internacionales y como consecuencia la inversión es muy superior.